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	<title>Noticias &#8211; Centro de Estudios Ateneos</title>
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	<description>Centro Socio Cultural, Literario, Artistico, Musical</description>
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	<title>Noticias &#8211; Centro de Estudios Ateneos</title>
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		<title>Crisis Institucional El Ateneo de Madrid: Denuncias de Autoritarismo, Conflicto Electoral y Expedientes Disciplinarios</title>
		<link>https://centrodeestudiosateneos.org/2026/10/09/crisis-institucional-el-ateneo-de-madrid-denuncias-de-autoritarismo-conflicto-electoral-y-expedientes-disciplinarios/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Centro de Estudios Ateneos]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 09 Oct 2026 08:30:35 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Alfonso]]></category>
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					<description><![CDATA[Ecos de Villalar &#124; Madrid, 8 de octubre de 2026 La constitución de la Junta...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph"><em><a href="https://ecosdevillalar.wordpress.com/2026/10/08/crisis-institucional-en-el-ateneo-de-madrid-denuncias-de-autoritarismo-conflicto-electoral-y-expedientes-disciplinarios/" target="_blank" rel="noopener">Ecos de Villalar</a> | Madrid, 8 de octubre de 2026</em></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>La constitución de la Junta Electoral para las elecciones a las Mesas de Sección del próximo 27 de octubre desencadena una grave controversia. Varios socios históricos denuncian actuaciones arbitrarias de la Junta de Gobierno, mientras la dirección abre una investigación interna y un expediente disciplinario contra dos de los protagonistas.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El Ateneo de Madrid, una de las instituciones culturales e intelectuales más emblemáticas de España, atraviesa una nueva controversia interna que pone sobre la mesa cuestiones fundamentales relacionadas con la democracia asociativa, el respeto a los reglamentos, la transparencia y los derechos de sus socios.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los acontecimientos desarrollados durante los días 5, 6, 7 y 8 de octubre han desembocado en un enfrentamiento entre miembros de la institución y sus órganos de gobierno, con acusaciones de autoritarismo, denuncias de presuntas irregularidades electorales y la apertura de actuaciones disciplinarias.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Lo que comenzó como una reunión para constituir la Junta Electoral encargada de supervisar las elecciones a las Mesas de Sección, previstas para el próximo 27 de octubre, ha terminado convirtiéndose en un conflicto de alcance institucional.</p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center"><strong><em>UNA REUNIÓN ELECTORAL QUE DESENCADENÓ LA POLÉMICA</em></strong></h2>



<p class="wp-block-paragraph">El pasado 5 de octubre se celebró una reunión destinada a constituir la Junta Electoral, conforme a las normas establecidas para el proceso.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según el relato escrito de José Luis Millán Úbeda, socio número 29.598 y elegido presidente de dicha Junta Electoral, todos los socios que habían solicitado formar parte de ella tenían derecho a asistir a la reunión inicial, independientemente de que finalmente resultasen seleccionados.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sin embargo, siempre según su versión, la vicepresidenta del Ateneo, Marta Sanz, habría impedido inicialmente la entrada de Alfonso Vázquez Vaamonde, quien figuraba entre los solicitantes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Millán sostiene que, al intentar facilitar el acceso de Vázquez Vaamonde, se produjo un enfrentamiento físico entre él y la vicepresidenta, en el que, según su propio relato, hubo empujones por ambas partes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Esta descripción procede de uno de los participantes y no constituye, por sí sola, una constatación independiente de cómo sucedieron los hechos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Finalmente, la reunión pudo celebrarse y se procedió a seleccionar a los siete miembros de la Junta Electoral conforme al criterio del número de socio recogido en las normas del proceso.</p>



<figure class="wp-block-image alignleft size-full is-resized"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1024" height="649" src="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2024/11/Alfonso_discursoAteneo.webp" alt="" class="wp-image-1993" style="width:400px;height:auto" srcset="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2024/11/Alfonso_discursoAteneo.webp 1024w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2024/11/Alfonso_discursoAteneo-300x190.webp 300w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2024/11/Alfonso_discursoAteneo-768x487.webp 768w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Alfonso Vázquez Vaamonde quedó fuera de la composición definitiva y abandonó la reunión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Posteriormente se eligieron los cargos de la Junta Electoral. José Luis Millán Úbeda resultó elegido presidente con cinco votos favorables y una abstención, mientras que Francisco Forte Forte fue designado secretario con idéntico resultado. La séptima integrante, Milagros Salvador, se había ausentado por motivos de viaje, según el relato de Millán.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los asistentes formalizaron los resultados y se preparó documentación para incorporarla al acta, incluyendo una petición para que las elecciones se desarrollasen conforme al reglamento.</p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center"><strong><em>LA JUNTA DE GOBIERNO ASUME EL CONTROL DEL PROCESO</em></strong></h2>



<p class="wp-block-paragraph">La controversia adquirió una nueva dimensión el 6 de octubre.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según denuncia Millán, la Secretaría del Ateneo remitió una comunicación atribuida a la Junta de Gobierno en la que, alegando los incidentes registrados, anunciaba que asumiría el control de la totalidad del proceso electoral.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Esta decisión ha sido cuestionada por el presidente elegido de la Junta Electoral, quien considera que vulnera tanto el Reglamento del Ateneo como las normas específicas aprobadas por la propia Junta de Gobierno.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En su escrito, Millán califica la actuación de «cac icada» y denuncia que se haya dejado sin efecto, en la práctica, la autonomía del órgano electoral recién constituido.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El núcleo de la controversia resulta especialmente relevante: determinar si la Junta de Gobierno estaba facultada reglamentariamente para asumir esas funciones y qué efectos jurídicos y asociativos tiene su intervención sobre la Junta Electoral constituida.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La documentación disponible no incluye el texto íntegro de las normas electorales ni el acuerdo completo de la Junta de Gobierno, por lo que esta cuestión requiere una comprobación reglamentaria.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>LA JUNTA ELECTORAL PLANTA CARA A LA JUNTA DE GOBIERNO Y EXIGE LA RESTITUCIÓN DE SUS FUNCIONES</strong></p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center"><strong><em>UNA INVESTIGACIÓN INTERNA Y UN EXPEDIENTE DISCIPLINARIO</em></strong></h2>



<p class="wp-block-paragraph">Los acontecimientos dieron un nuevo giro el 7 de octubre.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Mediante una comunicación del Comité de Compliance del Ateneo de Madrid, José Luis Millán fue informado de la apertura de una investigación interna y de la incoación de un expediente disciplinario por su presunta participación en el altercado del día 5.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La notificación señala que la investigación se tramita de acuerdo con el procedimiento interno de la institución y hace referencia a la Ley 2/2023, de 20 de febrero.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, el expediente disciplinario contempla la posible existencia de un incumplimiento muy grave de las normas internas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La comunicación enumera distintas sanciones previstas reglamentariamente para el supuesto de que los hechos resultasen acreditados, entre ellas la inhabilitación temporal para ocupar determinados cargos, la prohibición de acceso a las instalaciones e incluso la expulsión como socio.</p>



<p class="wp-block-paragraph">No obstante, el propio documento subraya expresamente que los hechos atribuidos no se consideran probados y que Millán conserva su derecho a defenderse, presentar alegaciones y aportar pruebas.</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p class="wp-block-paragraph">Existe, sin embargo, un elemento de contexto jurídico que resulta especialmente relevante para comprender la controversia y que no afecta al fondo de los hechos investigados, sino al instrumento normativo utilizado para investigarlos. El régimen disciplinario aplicado en este caso ha sido impugnado judicialmente mediante un procedimiento ordinario promovido por varios socios del Ateneo, cuya demanda fue admitida a trámite. El Ateneo ya ha contestado a dicha demanda y el Tribunal ha señalado la audiencia previa para el próximo <strong>6 de abril de 2027, a las 10:00 horas</strong>, ante la <strong>Sección Civil del Tribunal de Instancia nº 33 de Madrid</strong>.&nbsp;</p>
</blockquote>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p class="wp-block-paragraph">Esta circunstancia no determina por sí misma la invalidez del expediente disciplinario ni prejuzga el resultado del procedimiento civil, pero sí explica que diversos juristas hayan manifestado su sorpresa por la decisión de aplicar un régimen cuya conformidad con el ordenamiento jurídico está siendo precisamente objeto de control judicial.</p>
</blockquote>



<p class="wp-block-paragraph">También establece que no se adoptará una resolución sobre el fondo del expediente sin haberle escuchado previamente.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Millán fue citado para el 8 de octubre a una entrevista en la sede del Ateneo, con posibilidad de acudir acompañado por un abogado o una persona de su confianza.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por tanto, <strong>la apertura del expediente no equivale a una declaración de culpabilidad ni acredita que se haya cometido una infracción disciplinaria</strong>.</p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center"><em><strong>LA PROTESTA DE UN SOCIO HISTÓRICO: «DERIVA AUTORITARIA»</strong></em></h2>



<figure class="wp-block-image aligncenter size-large"><img decoding="async" width="1024" height="975" src="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/05/Alonso_EnElAteneoDeMAdrid_052026-1024x975.jpeg" alt="" class="wp-image-3083" srcset="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/05/Alonso_EnElAteneoDeMAdrid_052026-1024x975.jpeg 1024w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/05/Alonso_EnElAteneoDeMAdrid_052026-300x285.jpeg 300w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/05/Alonso_EnElAteneoDeMAdrid_052026-768x731.jpeg 768w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/05/Alonso_EnElAteneoDeMAdrid_052026-1536x1462.jpeg 1536w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/05/Alonso_EnElAteneoDeMAdrid_052026.jpeg 2048w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">La situación provocó una contundente reacción de Francisco José Alonso Rodríguez, socio número 24.797 del Ateneo desde enero de 1980.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En un escrito dirigido a los miembros de la Junta de Gobierno, fechado el 8 de octubre, Alonso manifiesta su preocupación por lo que considera un deterioro de la vida institucional de la entidad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Su comunicación utiliza términos especialmente severos, como «deriva autoritaria», «abusos de poder» y «degradación institucional».</p>



<p class="wp-block-paragraph">Alonso defiende a Alfonso Vázquez y José Luis Millán y sostiene que las acusaciones formuladas contra ellos no responden a lo que realmente ocurrió durante el incidente.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Afirma también que existen testigos presenciales que respaldarían esa versión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Se trata de afirmaciones recogidas en una protesta formal cuyo contenido debería contrastarse con los testimonios disponibles y con el resultado de la investigación en curso.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El firmante denuncia igualmente un supuesto clima de hostigamiento hacia socios críticos, además de determinadas expresiones despectivas que atribuye a personas vinculadas a la vida institucional del Ateneo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Entre sus reproches incluye críticas a Miguel Rellán, el cual se incorpora al Ateneo cuando ya tenía 80 años, especialmente por comentarios como este «el Ateneo de Madrid está lleno de cabestros que hay que expulsar»que le atribuye sobre determinados socios y por presuntas ausencias a reuniones.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Estas afirmaciones constituyen acusaciones del autor del escrito y no hechos comprobados de manera independiente.</p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center"><em><strong>LAS CRÍTICAS SE EXTIENDEN A LA GESTIÓN ECONÓMICA Y A LAS INSTALACIONES</strong></em></h2>



<p class="wp-block-paragraph">La carta de Alonso Rodríguez no se limita al conflicto electoral.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También plantea graves interrogantes sobre la gestión patrimonial, económica y administrativa del Ateneo de Madrid.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En particular, cuestiona el tratamiento dispensado a la antigua explotación de la cantina y a las actividades del Café Central, denunciando un posible trato desigual relacionado con la utilización de accesos y con los horarios de apertura.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El socio reclama que se investigue si las condiciones de funcionamiento de estos espacios se ajustan a las exigencias administrativas y de seguridad aplicables.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Incluso plantea sospechas sobre la gestión económica y el futuro patrimonial de la institución.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Estas acusaciones son de notable gravedad y, con la documentación examinada, no pueden considerarse acreditadas. Para establecer su fundamento sería necesario conocer los expedientes administrativos, las autorizaciones correspondientes y la posición de las partes afectadas, incluido el Ayuntamiento de Madrid.</p>



<p class="wp-block-paragraph">No obstante, el escrito refleja un malestar que trasciende la organización de unas elecciones y alcanza al modelo de gestión y gobierno del Ateneo.</p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center"><strong><em>EL ATENEO ANTE UNA CUESTIÓN DE PRINCIPIOS</em></strong></h2>



<figure class="wp-block-image alignleft size-large is-resized"><img decoding="async" width="683" height="1024" src="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/02/CafeCentral-Ateneo_fachada2026-683x1024.png" alt="" class="wp-image-2774" style="width:400px;height:auto" srcset="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/02/CafeCentral-Ateneo_fachada2026-683x1024.png 683w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/02/CafeCentral-Ateneo_fachada2026-200x300.png 200w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/02/CafeCentral-Ateneo_fachada2026-768x1152.png 768w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/02/CafeCentral-Ateneo_fachada2026.png 1024w" sizes="(max-width: 683px) 100vw, 683px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Más allá de las versiones enfrentadas, el conflicto suscita interrogantes que merecen una respuesta clara.</p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Se respetaron las normas aprobadas para constituir la Junta Electoral? ¿Tenían todos los solicitantes derecho a estar presentes en la reunión inicial? ¿Con qué fundamento decidió la Junta de Gobierno asumir el proceso electoral? ¿Se garantizará una investigación independiente y el derecho de defensa de todos los implicados?</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Y, además, ¿resulta prudente fundamentar expedientes disciplinarios en un régimen normativo cuya propia validez está siendo examinada por los tribunales? La respuesta corresponderá al órgano judicial, pero la existencia de ese procedimiento constituye un elemento relevante para valorar el contexto institucional en el que se desarrollan los acontecimientos.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Y, sobre todo, ¿qué garantías existen para que las elecciones del próximo 27 de octubre puedan celebrarse en un clima de confianza institucional?</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Ateneo de Madrid posee una trayectoria estrechamente vinculada a la libertad intelectual, al pensamiento crítico, a la pluralidad ideológica y al debate democrático.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Precisamente por ese patrimonio histórico, las controversias internas deben abordarse con una transparencia y un rigor especialmente exigentes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Ninguna institución cultural debería considerar que la discrepancia equivale a deslealtad. Pero tampoco puede darse por probada una acusación simplemente porque proceda de un socio veterano o de un órgano directivo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El respeto a los reglamentos, la imparcialidad en los procedimientos electorales, la presunción de inocencia y la obligación de rendir cuentas deben prevalecer por encima de los enfrentamientos personales.</p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center"><em><strong>LA CULTURA DEMOCRÁTICA SE DEFIENDE TAMBIÉN DENTRO DE LAS INSTITUCIONES</strong></em></h2>



<p class="wp-block-paragraph">Desde <em>Ecos de Villalar</em> consideramos que la defensa del patrimonio cultural español no puede desligarse de la protección de las libertades y de las garantías democráticas dentro de las propias instituciones.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Ateneo de Madrid pertenece a una tradición cultural que merece ser preservada, precisamente porque sus espacios han servido durante generaciones para el intercambio de ideas y la convivencia entre sensibilidades distintas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Las graves denuncias expresadas por varios socios requieren explicaciones documentadas, mientras que las acusaciones derivadas de los incidentes del 5 de octubre deben esclarecerse con todas las garantías y sin juicios anticipados.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sería deseable que la Junta de Gobierno, los representantes de la Junta Electoral constituida y los socios afectados pudieran esclarecer públicamente, dentro de los límites legales y de confidencialidad correspondientes, las decisiones adoptadas y sus fundamentos reglamentarios.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Porque una institución que históricamente ha defendido la libertad de pensamiento debe ser también ejemplo de pluralismo, transparencia y respeto a sus propias normas.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El prestigio del Ateneo de Madrid no se protege silenciando las controversias, sino resolviéndolas con justicia, claridad y respeto institucional.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><em>Ecos de Villalar seguirá atento a la evolución de estos acontecimientos, al desarrollo de los procedimientos internos y a las garantías con las que se celebre el proceso electoral del 27 de octubre.</em></p>
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		<title>Análisis jurídico e institucional sobre la actividad del Café Central y el cumplimiento de las condiciones de su licencia urbanística</title>
		<link>https://centrodeestudiosateneos.org/2026/10/07/analisis-juridico-e-institucional-sobre-la-actividad-del-cafe-central-y-el-cumplimiento-de-las-condiciones-de-su-licencia-urbanistica/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Centro de Estudios Ateneos]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 07 Oct 2026 10:49:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Alonso]]></category>
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					<description><![CDATA[por Fco. José Alonso Rodríguez, 07 de Octubre de 2026 La situación administrativa en torno...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">por Fco. José Alonso Rodríguez, 07 de Octubre de 2026</p>



<figure class="wp-block-image alignleft is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="348" height="399" src="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/10/Alonso-2025.png" alt="" class="wp-image-3258" style="aspect-ratio:0.8721804511278195;object-fit:cover;width:140px;height:auto" srcset="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/10/Alonso-2025.png 348w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/10/Alonso-2025-262x300.png 262w" sizes="auto, (max-width: 348px) 100vw, 348px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">La situación administrativa en torno al funcionamiento del Café Central, ubicado en el espacio previamente explotado como la Cantina del Ateneo de Madrid, ha generado un intenso debate sobre el respeto a la legalidad urbanística y la aplicación homogénea de los criterios de control municipal. Diversos escritos presentados ante el Ayuntamiento de Madrid —en particular ante la Agencia de Actividades desde el pasado 24 de abril de 2026— han puesto de relieve discrepancias notables entre los términos de la licencia concedida y la realidad operativa del establecimiento, especialmente en lo que respecta al uso de los accesos públicos y los horarios de funcionamiento.<br>Antecedentes y controversia sobre los accesos y la licencia El conflicto se originó a finales de abril de 2026, cuando se advirtió formalmente a la administración local que el Café Central operaba con público, control de accesos y entrada de pago utilizando de manera ordinaria la calle Santa Catalina, número 10. Esta vía, según se desprende de la documentación gráfica y técnica aportada por los interesados, funciona de forma habitual como el acceso principal para los asistentes a los conciertos programados, además de integrar el vestíbulo y el recorrido de evacuación del local.<br>El núcleo de la controversia radica en los condicionantes explícitos fijados en la licencia urbanística número 350/2024/10267. Dicha licencia configura el bar-restaurante como una actividad auxiliar y estrictamente asociada al uso principal del Ateneo de Madrid. En su texto, el título habilitante estipula de forma literal dos mandatos claros: por un lado, que «el funcionamiento del uso asociado deberá realizarse dentro del horario del uso principal»; y por otro, que «el acceso al uso asociado se realizará únicamente a través del edificio del uso principal».<br>La utilización cotidiana de la entrada de Santa Catalina, 10, choca frontalmente con la segunda de estas condiciones, al margen de que la Agencia de Actividades facilitara posteriormente (en octubre de 2026) planos “as built” y un Certificado Final de Obra fechado en mayo de 2026 donde se constata que las instalaciones se ejecutaron sin alterar teóricamente los usos y condiciones originales bajo los cuales se otorgó la licencia. Ante esto, surgen dudas legítimas sobre la existencia de resoluciones posteriores que hayan modificado o dejado sin efecto tales restricciones, algo que los recurrentes exigen que se aclare formalmente.</p>



<figure class="wp-block-image aligncenter is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="683" height="1024" src="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/10/CafeCentral_Montaje_Ateneo-683x1024-1.webp" alt="" class="wp-image-3259" style="aspect-ratio:0.6669921875;object-fit:cover;width:840px;height:auto" srcset="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/10/CafeCentral_Montaje_Ateneo-683x1024-1.webp 683w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/10/CafeCentral_Montaje_Ateneo-683x1024-1-200x300.webp 200w" sizes="auto, (max-width: 683px) 100vw, 683px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Autonomía de funcionamiento y seguridad contra incendios Otro de los flancos críticos señalados ante el Ayuntamiento concierne a la sincronía horaria y operativa entre el Café Central y el Ateneo de Madrid. A finales de septiembre de 2026 se puso en conocimiento de la administración una circunstancia revelada públicamente por el propio Presidente del Ateneo durante la Junta General Ordinaria celebrada el 10 de septiembre de ese mismo año. Según se extrae de la intervención audiovisual aportada, el 15 de mayo de 2026 tuvo lugar una actuación de la Policía Municipal en el establecimiento en un momento en el que el edificio principal del Ateneo se encontraba completamente cerrado al público, permaneciendo abierta únicamente la zona del Café Central.<br>Este hecho pone en entredicho el cumplimiento de la condición relativa al horario, la cual exige que el uso asociado funcione de manera simultánea e integrada dentro del horario del Ateneo. La disociación en el funcionamiento abre un interrogante jurídico sobre si la actividad está operando de manera autónoma al margen de su condición de uso accesorio.<br>Asimismo, desde el punto de vista de la seguridad, los escritos presentados exigen comprobar si el uso masivo y ordinario de la salida por Santa Catalina, 10 para el trasiego de espectadores es plenamente compatible con la normativa de seguridad contra incendios, la compartimentación de sectores y la configuración de los recorridos de evacuación aprobados en los planos técnicos. Utilizar una vía de emergencia como acceso principal diario requiere de habilitaciones específicas que garanticen la integridad del sistema de evacuación en caso de siniestro.<br>La necesidad de un criterio administrativo homogéneo Un aspecto especialmente sensible en este expediente es el precedente administrativo protagonizado por la entidad A GOAL PERFECT, S.L., anterior explotadora del establecimiento. En el marco del expediente número 220/2024/03185, dicha mercantil sufrió la incoación de un procedimiento de cese y clausura impulsado por la propia Agencia de Actividades, la cual consideró que la actividad de restauración se estaba desarrollando sin el título habilitante definitivo, desestimando el argumento de que la mera tramitación de la licencia posterior (la 350/2024/10267) legitimaba la continuidad de la explotación.<br>La drástica medida de clausura aplicada en su día a la anterior gestora subraya la relevancia económica y jurídica de estas decisiones. Por este motivo, los actuales requerimientos dirigidos al consistorio madrileño no buscan prejuzgar situaciones particulares, sino demandar un canon de actuación basado en la objetividad, la coherencia y la aplicación homogénea del derecho administrativo. Se reclama que, en caso de apreciarse diferencias jurídicas sustanciales entre la situación actual del Café Central y la vivida por A GOAL PERFECT, S.L., estas sean debidamente motivadas y explicitadas por los órganos competentes.<br>Conclusiones y peticiones planteadas a la Administración En definitiva, el conjunto de instancias y escritos presentados ante el Ayuntamiento de Madrid persigue un triple objetivo: en primer lugar, fiscalizar el estricto cumplimiento de los límites fijados en la licencia urbanística en lo referente a los accesos por la calle Santa Catalina y la subordinación horaria al Ateneo; en segundo lugar, verificar la idoneidad técnica de las vías de evacuación y seguridad ante la afluencia continua de público; y en tercer lugar, exigir un trato normativo transparente y neutral que evite agravios comparativos con respecto a anteriores operadores económicos del mismo espacio.<br>Corresponde ahora a la Agencia de Actividades y a las instancias municipales competentes responder de manera motivada a los puntos planteados, aportando los informes de inspección pertinentes, esclareciendo el resultado de la intervención policial del pasado mes de mayo y adoptando, si procede, las medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística que garanticen el equilibrio entre la actividad cultural y la seguridad ciudadana. No puede el Ayuntamiento cerrar el establecimiento al anterior concesionario y permitirlo al actual sin cometer PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Francisco José Alonso Rodríguez. – Politólogo. – Sociólogo. – Presdente “Centro de Estudios Ateneos”. Premio a las Libertades “Rafael del Riego”. 25 años Presidente Agrupación Debates Parlamentarios del Ateneo. – Socio desde enero 1980.</p>
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		<title>La puerta que consiguió independizar un restaurante: El prodigio administrativo de Santa Catalina</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Centro de Estudios Ateneos]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 07 Oct 2026 10:44:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Alonso]]></category>
		<category><![CDATA[Ateneo]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[por Fco. José Alonso Rodríguez, 07 de Octubre de 2026 Hay puertas con una vida...]]></description>
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<p class="wp-block-paragraph">por Fco. José Alonso Rodríguez, 07 de Octubre de 2026</p>



<figure class="wp-block-image alignleft is-resized"><img decoding="async" src="https://ligaproderechoshumanos.org/wp-content/uploads/2026/09/Alonso_Despacho_2026-1024x877.jpg" alt="" style="aspect-ratio:1.1676168757126568;object-fit:cover;width:300px;height:auto"/></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Hay puertas con una vida tranquila. Se abren, se cierran y esperan pacientemente a que alguien necesite salir por ellas en caso de emergencia. Después está la puerta de Santa Catalina. Una puerta extraordinaria. Tan extraordinaria que parece haber conseguido algo que el Derecho Administrativo todavía no había contemplado: independizar un restaurante entero sin necesidad de modificar la licencia que lo regula. Es una hazaña jurídica digna de estudio.<br>Porque conviene recordar cómo empezó esta historia. En 2024, el Ayuntamiento ordenó el cese de la actividad de la antigua Cantina. No fue una decisión menor. La Administración entendió que aquella actividad no podía desarrollarse en las condiciones en las que se estaba ejerciendo. Hubo un procedimiento, una resolución y una clausura. Hasta ahí, todo parecía responder a una idea muy sencilla: las licencias están para cumplirse.</p>



<figure class="wp-block-image aligncenter is-resized"><img decoding="async" src="https://ligaproderechoshumanos.org/wp-content/uploads/2026/10/Ateneo-de-Madrid_Fachada.webp" alt="" style="aspect-ratio:0.7834757834757835;object-fit:cover;width:840px;height:auto"/></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Dos años después, uno esperaría encontrar una realidad perfectamente alineada con aquella contundencia administrativa. Y entonces llegan los planos. Los documentos as built, fechados en mayo de 2026, tienen una virtud extraordinaria: no opinan. No hacen política. No conceden entrevistas. Simplemente dibujan.<br>Y dibujan exactamente lo que dibujaban antes. Santa Catalina continúa formando parte del recorrido de evacuación. Continúa siendo una salida de emergencia. No aparece convertida en acceso ordinario. No aparece transformada en entrada principal. No aparece autorizando un funcionamiento independiente del restaurante. No aparece nada de eso.<br>Y, sin embargo, cualquiera que haya asistido a determinados eventos sabe que la realidad parece desenvolverse con una imaginación mucho más fértil que los planos. El público entra por Santa Catalina. El control de acceso está en Santa Catalina. La actividad comienza y termina en Santa Catalina. Y el Ateneo puede permanecer cerrado sin que ello impida el funcionamiento del restaurante. Es decir, exactamente el tipo de funcionamiento autónomo que la licencia conocida no parece describir.<br>Y aquí es donde aparece la pregunta verdaderamente incómoda. Si la licencia sigue siendo la misma… si los planos siguen siendo los mismos… ¿quién ha cambiado las reglas?<br>Porque las licencias no suelen modificarse por transmisión de pensamiento. Las salidas de emergencia tampoco ascienden espontáneamente a puerta principal. Hace falta una resolución administrativa. Un acto. Un expediente. Un documento. Algo.<br>Por eso se ha solicitado formalmente a la Agencia de Actividades que responda una cuestión tan elemental como trascendental: si el funcionamiento efectivo del establecimiento resulta compatible con la licencia vigente o si existe alguna resolución posterior que haya alterado las condiciones de acceso y funcionamiento inicialmente autorizadas.</p>



<figure class="wp-block-image is-resized"><img decoding="async" src="https://ligaproderechoshumanos.org/wp-content/uploads/2024/10/Ateneo-de-Madrid-detalle-fachada.jpg" alt="" class="wp-image-3628" style="aspect-ratio:1.6920473773265652;width:1000px;height:auto"/></figure>



<p class="wp-block-paragraph">No parece una pregunta excesiva. De hecho, resulta difícil imaginar una más sencilla.<br>Lo verdaderamente sorprendente sería descubrir que una Administración que en 2024 clausuró una actividad por razones de licencia termine aceptando ahora, de hecho, un modelo de funcionamiento distinto del que reflejan los propios documentos administrativos conocidos. Porque entonces ya no estaríamos hablando de una puerta. Ni siquiera de una salida de emergencia.<br>Estaríamos hablando de algo mucho más preocupante. De la posibilidad de que las licencias tengan una versión oficial —la que figura en los expedientes— y otra versión práctica, la que se aplica cuando nadie hace demasiadas preguntas. Y eso sí sería un prodigio administrativo. No porque transforme una salida de emergencia en un acceso principal, sino porque convertiría el cumplimiento de una licencia en una mera cuestión de interpretación creativa.<br>Quizá por eso la respuesta de la Agencia de Actividades es hoy mucho más importante que una simple aclaración técnica. Porque todavía estamos a tiempo de confirmar que las licencias significan lo mismo para todos. O de descubrir que, en Madrid, algunas puertas no solo sirven para evacuar edificios. También pueden escapar de la propia licencia que las regula. Lo grave de todo esto que el Ayuntamiento de Madrid esta rayando en la prevaricación. Conoce la infracción y la está consintiendo donde causo un gran daño reputacional y económico al anterior CONCESIONARIO al ordenar su cierre y al Café Central esta consintiéndolo.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>Francisco José Alonso Rodríguez. – Politólogo. – Sociólogo. – Presidente “Centro de Estudios Ateneos” Presidente Agrupación Debates Parlamentarios más de 25 años.- Socio del Ateneo desde enero 1980</p>
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		<title>Marlaska de la firmeza togada a la Inconsciencia Política</title>
		<link>https://centrodeestudiosateneos.org/2026/09/24/marlaska-de-la-firmeza-togada-a-la-inconsciencia-politica/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Centro de Estudios Ateneos]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 24 Sep 2026 08:15:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Alonso]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[Existe un fenómeno recurrente en la política contemporánea donde las palabras pronunciadas desde un estrado...]]></description>
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<figure class="wp-block-image alignleft size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="348" height="399" src="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2025/06/Alonso-2025.png" alt="" class="wp-image-2396" style="width:140px;height:auto" srcset="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2025/06/Alonso-2025.png 348w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2025/06/Alonso-2025-262x300.png 262w" sizes="auto, (max-width: 348px) 100vw, 348px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Existe un fenómeno recurrente en la política contemporánea donde las palabras pronunciadas desde un estrado judicial terminan sepultadas bajo el peso de los moquetes ministeriales. El caso de Fernando Grande-Marlaska, actual ministro del Interior de España, es quizás una de las muestras más categóricas de esta metamorfosis doctrinal. La brecha entre la interpretación de la legalidad que sostuvo como magistrado y el discurso que hoy articula desde la gestión pública pone de relieve las paradojas de la diplomacia fronteriza y la seguridad en el norte de África.<br>Para entender el contraste actual, resulta imprescindible hacer memoria. En el año 2014, cuando presidía la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Fernando Grande-Marlaska rubricó un auto judicial de enorme calado internacional. En aquella resolución (el Auto 40/2014), la Sala dejó negro sobre blanco que Marruecos carecía de soberanía sobre el Sahara Occidental. El fallo recordaba que los Acuerdos Tripartitos de Madrid de 1975 no transfirieron la soberanía de la excolonia y que España continuaba siendo, a efectos del derecho internacional, la potencia administradora de jure.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El texto judicial era tajante: Marruecos ocupaba un territorio no autónomo sin título legal para ello. Las competencias administrativas o sancionadoras ejercidas por la administración marroquí en la zona carecían de respaldo de derecho internacional, en un contexto marcado por querellas presentadas por delitos de lesa humanidad y violaciones de derechos humanos contra la población saharaui. Aquella era la voz de la justicia aplicando la doctrina de las Naciones Unidas sin cortapisas ideológica.</p>



<figure class="wp-block-image aligncenter is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="726" height="484" src="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/barajas-saharauis.jpg" alt="" class="wp-image-3242" style="aspect-ratio:1.5;object-fit:cover;width:840px;height:auto" srcset="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/barajas-saharauis.jpg 726w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/barajas-saharauis-300x200.jpg 300w" sizes="auto, (max-width: 726px) 100vw, 726px" /><figcaption class="wp-element-caption">Alejandro Martínez Vélez / Europa Press – 23 SEPTIEMBRE 2024</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Años después, la realidad del ministro del Interior dista sustancialmente de la perspectiva del juez. La gestión de la seguridad en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla ha situado a la administración española en una constante cuerda floja. Las crisis migratorias vividas en el enclave ceutí —marcadas por entradas masivas de miles de personas en episodios de alta tensión fronteriza— han generado un clima de honda preocupación entre la población local.<br>Desde amplios sectores de la ciudadanía ceutí se denuncia un deterioro insostenible de la convivencia: la presencia inasumible de miles de personas en situación irregular en una ciudad de reducidas dimensiones geográficas, la ocupación de espacios públicos, el repunte del vandalismo y una sensación latente de desprotección urbana. En este escenario, la inquietud vecinal no responde únicamente a la convivencia diaria, sino también a la amenaza implícita de nuevas oleadas de presión migratoria instrumentalizadas desde el país vecino, combinadas con la reiterada pretensión irredentista de sectores políticos marroquíes que siguen reclamando la soberanía sobre las dos ciudades españolas.<br>Frente a esta coyuntura, la respuesta institucional ha tendido con frecuencia a matizar las denuncias ciudadanas, encuadrando la inquietud social en una percepción de «sensación de inseguridad subjetiva» más que en una crisis de orden público. Una terminología que para muchos habitantes de la ciudad resulta insuficiente frente a la dureza de los hechos cotidianos.</p>



<figure class="wp-block-image aligncenter is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="750" height="422" src="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/Invasion-en-Ceuta_Julio2026.jpeg" alt="" class="wp-image-3241" style="aspect-ratio:1.7772511848341233;object-fit:cover;width:840px;height:auto" srcset="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/Invasion-en-Ceuta_Julio2026.jpeg 750w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/Invasion-en-Ceuta_Julio2026-300x169.jpeg 300w" sizes="auto, (max-width: 750px) 100vw, 750px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">El contraste entre la contundencia judicial de 2014 y la retórica ministerial del presente expone una evidente falta de coherencia. Si frente a la causa saharaui se invocaba el derecho internacional para remarcar la falta de titularidad del Reino de Marruecos sobre el territorio y denunciar la vulneración sistemática de derechos fundamentales, la diplomacia actual parece dispuesta a contemporizar con los mismos actores que tensionan los límites fronterizos de Ceuta.<br>Calificar el desasosiego de una población bajo presión fronteriza como una mera percepción «subjetiva» minimiza el problema. De la misma manera que los saharauis sufren en el desierto la falta de amparo internacional bajo una administración de facto que no les pertenece, los ciudadanos de Ceuta perciben cómo la geopolítica condiciona su tranquilidad ciudadana. La firmeza que el hoy ministro exhibía cuando vestía la toga para recordar que Marruecos no ostentaba soberanía legítima parece haberse diluido en el pragmatismo del Consejo de Ministros.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La seguridad de las fronteras no puede gestionarse a golpe de eufemismos. Ceuta y Melilla demandan una política estatal firme, que combine el respeto irrestricto a los derechos humanos con una defensa sin titubeos del orden público y la soberanía nacional, recordando que la legalidad internacional no es un traje a la medida que se pueda vestir o desvestir según se ocupe un despacho en la Audiencia Nacional o un sillón en el Ministerio del Interior.<br>“La dignidad y el honor verdaderos provienen de la conducta, los valores y la integridad de cada individuo, y no del título, puesto o jerarquía que se ostente”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>Francisco José Alonso Rodríguerz. -Politólogo. – Sociólogo. – Presidente Liga Española Pro Derechos Humanos. – Centro de Estudios Ateneos. – Premio a las Libertades “Rafael del Riego”.</p>
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		<title>Ceuta en el Abismo: el Abandono del Gobierno alimenta el Colapso y el Fantasma de la Okupación</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Centro de Estudios Ateneos]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 21 Sep 2026 10:23:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Alonso]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[La gestión de la crisis migratoria e institucional en Ceuta por parte del Gobierno de...]]></description>
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<figure class="wp-block-image aligncenter size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="682" src="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/Alonso-y-Moratinos_092026.webp" alt="" class="wp-image-3232" style="width:840px;height:auto" srcset="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/Alonso-y-Moratinos_092026.webp 1024w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/Alonso-y-Moratinos_092026-300x200.webp 300w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/Alonso-y-Moratinos_092026-768x512.webp 768w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">La gestión de la crisis migratoria e institucional en Ceuta por parte del Gobierno de España se ha consolidado como uno de los episodios más oscuros y preocupantes de la diplomacia y la seguridad nacional reciente. Mientras los acontecimientos sobre el terreno evidencian una gravedad extrema, la respuesta institucional ha estado marcada por la inacción, la falta de previsión y un abandono flagrante de las responsabilidades más elementales del Estado hacia una de sus fronteras más vulnerables.<br>La realidad que se vive en las calles ceutíes refleja la incapacidad manifiesta del Ejecutivo para garantizar el orden, la seguridad y el bienestar de la población local. Ningún esfuerzo de desalojo en la ciudad está dando frutos ni se nota en el día a día. Se trata de un círculo vicioso sin fin: las fuerzas de seguridad intervienen en un punto, despejan la zona y, en cuestión de horas, el espacio vuelve a ser ocupado. Los ceutíes no pueden ni deben resignarse a vivir sumidos en una excepcionalidad permanente como si esta situación de caos fuera la norma. Sin embargo, la falta de respuesta del Gobierno nacional para perseguir y penar con firmeza los delitos de quienes entran de manera irregular abre un escenario aún más alarmante. Ceuta corre hoy el peligro inminente de que comiencen las okupaciones masivas de viviendas frente a un Estado impasible. Mientras la delincuencia e impunidad avanzan, la única energía que demuestra el Ejecutivo se centra en descalificar a los ceutís, atacar a su Gobierno autonómico y desprestigiar sin descansos a la oposición.<br>El traslado de personas desde las playas hacia el campamento temporal del muelle de Poniente puso de manifiesto desde el primer minuto una previsión nula y una absoluta desconexión de la realidad. Con una capacidad declarada para apenas 1.800 personas, la infraestructura colapsó de inmediato. El resultado previsible y desastroso fue el regreso masivo de miles de migrantes a las playas de las que acababan de ser retirados al quedarse fuera del recinto. Sin plazas suficientes, la masa regresó a los mismos puntos para reincidir en la formación de asentamientos improvisados, provocando altercados, tensiones constantes y un ambiente insostenible.</p>



<figure class="wp-block-image aligncenter is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="682" src="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/1000442115.jpg" alt="" class="wp-image-3235" style="aspect-ratio:1.501466275659824;object-fit:cover;width:840px;height:auto" srcset="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/1000442115.jpg 1024w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/1000442115-300x200.jpg 300w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/1000442115-768x512.jpg 768w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><br>Frente a esta perturbación sin precedentes, el exministro de Defensa y diversas voces de la política nacional han alzado la voz para denunciar la inoperancia oficial. El Ejecutivo no ha querido declarar el estado de excepción ni articular las herramientas legales excepcionales necesarias para abordar una crisis que amenaza la integridad territorial. Las críticas son contundentes: el Ejecutivo «miente descarada y permanentemente» a la opinión pública sobre la verdadera dimensión del problema. No</p>



<p class="wp-block-paragraph">se puede dejar de reaccionar ante la imagen desgarradora e impotente del regreso de miles de migrantes a las zonas de costa tras fracasar el sistema de acogida.<br>La situación que atraviesa la ciudad autónoma es «absolutamente anormal». Resulta incomprensible que, ante lo que desde el primer momento fue catalogado por diversos sectores e incluso sugerido por el propio Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, como una autentica invasión del territorio, no se haya articulado un despliegue proporcional. Una agresión de tal calibre a la soberanía nacional debería contar con la respuesta directa, coordinada y firme de las Fuerzas Armadas.<br>En este contexto de paralización, no existe confianza alguna en la utilidad del campamento improvisado en el puerto. «En el puerto no van a solucionar nada», señalan voces expertas al advertir que instalar carpas en los muelles no ataca la raíz del problema ni ofrece una salida real. Esta infraestructura provisional es solo una cortina de humo para ocultar que el Gobierno «no quiere reintegrarlos» a sus países de origen. Ha transcurrido cerca de dos meses desde el estallido del conflicto —tiempo más que suficiente para haber activado los expedientes de expulsión y las devoluciones en caliente o tramitadas— sin que se haya movido una sola ficha diplomática eficaz. La gestión de la crisis por parte de Madrid no es más que un «desistimiento» deliberado de sus funciones constitucionales.<br>El análisis de la situación en la ciudad autónoma deja una certidumbre amarga: el Estado no está presente en Ceuta; se ha inhibido por completo del asunto. Por ello, se hace indispensable reclamar con urgencia la aplicación de un estado de excepción que permita restablecer el orden de forma inmediata. Se debe actuar en sintonía con las alertas lanzadas por expresidentes y exministros: la imagen internacional de España se desploma a pasos agigantados. En el exterior ya no nos consideran un país donde la ley se respeta ni donde los delitos se castigan con firmeza. La debilidad mostrada en la frontera sur ha desgastado el crédito diplomático de la nación. Ante la magnitud de la presión geopolítica ejercida sobre las fronteras comunitarias, España debería haber solicitado formalmente la presencia y la actuación coordinada con la OTAN, garantizando la inviolabilidad de las fronteras europeas.<br>Este caótico panorama ha dejado a la ciudadanía ceutí atemorizada y totalmente coartada en sus derechos y libertades fundamentales. Sentirse desprotegido dentro del propio territorio nacional es la consecuencia directa de un Gobierno que prefiere el cálculo político a la defensa de sus ciudadanos. A la falta de medidas contundentes se suma un discurso oficial que relativiza el estatus de Ceuta y Melilla, una actitud que roza la traición a la legalidad constitucional.</p>



<figure class="wp-block-image aligncenter is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="614" height="360" src="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/1000442114.jpg" alt="" class="wp-image-3236" style="width:840px;height:auto" srcset="https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/1000442114.jpg 614w, https://centrodeestudiosateneos.org/wp-content/uploads/2026/09/1000442114-300x176.jpg 300w" sizes="auto, (max-width: 614px) 100vw, 614px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">El balance de esta crisis deja una conclusión categórica: Ceuta ha sufrido no solo la presión migratoria orquestada desde el exterior, sino el abandono consciente de su propio Gobierno. Restablecer el principio de autoridad, aplicar las leyes de extranjería con rigurosidad, perseguir con contundencia la okupación y el delito, y defender sin ambigüedades la españolidad de Ceuta no son opciones ideológicas; son deberes irrenunciables para cualquier Ejecutivo que pretenda mantener la dignidad y la soberanía de su nación.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br>Francisco José Alonso Rodríguez. -Politólogo. – Sociólogo. – Presidente Liga Española Pro Derechos Humanos. – Federación Internacional Pro Derechos Humanos-España. – Premio a las Libertades “Rafael del Riego”. Medalla Internacional DD.HH. “Un Comunero-Empecinado”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">J. Ignacio Moratinos Delgado «El Empecinado».- Coordinador de la Liga Española Pro Derechos Humanos-Federación Internacional Proderechos Humanos-España en Castilla y León.- Diploma de los DD.HH. .- Medalla del Empecinado</p>
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